La jueza de familia Valeria Brand (en foto de portada como parte de la campaña de la Comisión de Género de esta Asociación) a cargo del juzgado de feria, autorizó a un niño con Trastorno del Espectro Autista (TEA), para que pueda caminar junto con su madre en las inmediaciones de su domicilio cito la ciudad de San Miguel de Tucumán, para preservar su salud física y emocional.
El pedido lo realizó la madre del niño, ante el juzgado que se encuentra trabajando durante la feria judicial a causa de la contingencia sanitaria por el Covid-19, conforme lo sugerido por el médico tratante del mismo, acompañando la documentación necesaria como ser copia digital del acta de nacimiento, del certificado de discapacidad del niño, y de la certificación médica que señala que «atento a que la actual situación de cuarentena y aislamiento generó el aumento problemático de ansiedad y de autoagresiones en el paciente».
En el fallo con fecha 8 de abril de 2020, la Dra. Brand consideró que el derecho a la salud se halla contemplado en los tratados internacionales sobre derechos humanos que gozan de carácter constitucional, y que la Convención sobre los Derechos del Niño impone proteger ante todo el interés superior del niño en toda cuestión que ponga en juego sus derechos. Además, la magistrada fundó su decisión en el mandato de la Constitución Provincial de preservar la salud física y espiritual de las personas, y contempló que las medidas de aislamiento dictadas por el Poder Ejecutivo Nacional deben ser interpretadas en el marco de que no deben éstas provocar restricciones que pongan en peligro el mismo valor de salud que quieren proteger, especialmente en personas que necesiten de la continuidad de modalidades de vida que les posibiliten avances y sostenimiento en el tratamiento de su afección.
Por otro lado, la jueza ordenó la comunicación vía remota de la resolución, como ser por vía telefónica, WhatsApp, o cualquier otro medio digital, en virtud de lo normado por Acordada n° 219/2020 de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, a las autoridades policiales con jurisdicción en el domicilio del niño y de su madre.